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Portabilidad IMSS-ISSSTE: unifica tus cuentas y mejora tu retiro

Si cotizaste en el IMSS y también en el ISSSTE, te contamos cómo puedas unificar tus cuentas.

Retiro
7 min
22 de octubre 2025
Mujer joven con adulto mayor, Portabilidad IMSS, ISSSTE.

Para muchos trabajadores en México, la trayectoria laboral no es lineal. Es común haber cotizado tanto en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), para el sector privado, como en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), para el sector público. Anteriormente, unir estos periodos de cotización era un desafío, pero gracias al convenio de portabilidad firmado por la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR), el IMSS y el ISSSTE, es decir, a la portabilidad IMSS ISSSTE, hoy es una realidad que puede significar una mejor pensión para miles de mexicanos.

Este convenio representa un avance significativo en la seguridad social del país, permitiendo a los trabajadores unificar sus años de cotización y, con ello, acceder a una pensión más favorable. La iniciativa busca reconocer la trayectoria laboral completa del trabajador, sin importar si sus aportaciones fueron a uno u otro Instituto, o incluso a ambos de manera simultánea o intermitente.

¿Quiénes pueden beneficiarse de la portabilidad de derechos?

Si eres una persona trabajadora que ha cotizado para el IMSS y/o el ISSSTE en diferentes momentos de tu vida laboral, esta información es para ti. La portabilidad de derechos está diseñada para quienes:

  • Cuentan con cotizaciones en ambos Institutos (IMSS e ISSSTE).
  • Forman parte de la Ley del Seguro Social de 1973 (LSS 73) o la de 1997 (LSS 97) y, en el caso del ISSSTE, pertenecen al Régimen de Cuentas Individuales.
  • Tienen una edad mínima de 60 años (puedes comenzar el trámite un año antes de cumplir esta edad).
  • Se encuentran en el periodo de Conservación de Derechos en el IMSS (esto es crucial para quienes se pensionarán bajo la Ley del Seguro Social de 1973).
  • Cuentan con la constancia de Períodos Reconocidos ISSSTE-IMSS. Esta constancia valida tus periodos cotizados en ambas instituciones.

¿Dónde realizar el trámite?

Deberás iniciar el trámite en el instituto donde tengas tu última cotización. Sin embargo, si tu baja en el IMSS o ISSSTE fue al mismo tiempo, tienes la flexibilidad de elegir cualquiera de las dos para iniciar el proceso, según tu preferencia.

Si tu última cotización fue en:Debes iniciar tu trámite en:Modalidad
El IMSSLa Subdelegación del IMSS más cercana o en el portal de IMSS Digital.Presencial y en línea.
El ISSSTELas Subdelegaciones de Prestaciones de las Representaciones Estatales y Regionales del ISSSTE.Únicamente presencial.

Documentos esenciales para el trámite

Para asegurar un proceso ágil y sin contratiempos, ten a mano la siguiente documentación:

  • Identificación oficial con fotografía: Tu INE o pasaporte 
  • Clave Única de Registro de Población (CURP): Es indispensable para cualquier trámite gubernamental en México.
  • Copia del documento de elección o impresión del Expediente Electrónico Único: Este debe acreditar que estás bajo el régimen de Cuentas Individuales del ISSSTE.
  • Estado de Cuenta de tu Afore: Es fundamental para conocer el estado de tu ahorro para el retiro.

8 pasos clave para solicitar la transferencia de derechos

Una vez que tengas tus documentos listos, el proceso se desglosa en los siguientes pasos:

1. Solicitud de transferencia de derechos

  • Si cotizaste más recientemente en el IMSS: Puedes realizar la solicitud de manera presencial en la Subdelegación del IMSS más cercana a tu domicilio, o  en línea a través de IMSS Digital, visitando el sitio web oficial del Seguro Social.
  • Si cotizaste más recientemente en el ISSSTE: Deberás acudir presencialmente a las Subdelegaciones de Prestaciones de las Representaciones Estatales y Regionales del ISSSTE.

2. Verificación y totalización de períodos 

El Instituto donde inicies el trámite se encargará de solicitar la información de tus periodos cotizados y salarios base (o sueldos básicos) al otro Instituto. El objetivo es totalizar el tiempo de cotización reconocido por ambas.

3. Recepción de constancia o informe

Una vez que la información sea cotejada, recibirás del instituto donde realizaste el trámite un documento crucial: la “Constancia de Semanas Cotizadas en el IMSS con la totalización de períodos ISSSTE” o el “Informe de Periodos de Cotización del ISSSTE”, según corresponda. Este documento es tu respaldo de las semanas cotizadas consolidadas.

4. Continuación del trámite de pensión

Con esta constancia deberás continuar con la solicitud de pensión en el mismo instituto donde iniciaste el proceso de transferencia de derechos. Es vital que, en este punto, ya te encuentres dado de baja de los regímenes obligatorios de ambas instituciones, incluyendo la continuación voluntaria, si aplica.

5. Manifestación expresa de voluntad

Un paso crucial es expresar tu voluntad de transferir los derechos de tus periodos de cotización bajo la Ley del Seguro Social y la Ley del ISSSTE. Esto también incluye la transferencia de los recursos acumulados en las subcuentas de Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RCV), constituidas bajo ambos regímenes.

6. Obtención de la resolución o concesión de pensión

El instituto que procesó tu trámite emitirá la “Resolución y/o Concesión de Pensión”. Este es el documento oficial que valida tu derecho a una pensión.

7. Transferencia de recursos de la Afore

 El instituto que emitió tu resolución de pensión solicitará a la Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) donde se encuentra tu Cuenta Individual, la transferencia de los recursos de las subcuentas correspondientes que se utilizarán para financiar el pago de tu pensión.

8.Recepción de recursos excedentes

 La Afore transferirá los fondos necesarios para tu pensión. Si existen saldos excedentes en tus subcuentas o saldos de otras subcuentas que no se utilizaron para la pensión, éstos seguirán siendo administrados por tu Afore y estarán a tu disposición para cuando solicites el retiro de los mismos.

Nieta junto a su abuelo ayudandolo a realizar la portabilidad de derechos

Solicitud para retirar recursos de Afore

Una vez que hayas obtenido tu derecho pensionario, el último paso es acudir a tu Afore para solicitar el retiro de los recursos que te corresponden. Para ello, necesitarás:

  • Tener tu expediente de identificación integrado 
  • Haber registrado tus datos biométricos (huellas digitales) Presentar tu INE vigente. 
  • Un comprobante de domicilio, no mayor a tres meses de antigüedad (solo si tu INE no muestra tu dirección actual).
  • El documento de Resolución o Concesión de pensión.
  • Un estado de cuenta  con una CLABE bancaria a tu nombre, ya que ahí se depositarán los recursos (No mayor a 3 meses).

El depósito de los recursos en tu cuenta bancaria se realizará en un plazo de 6 días hábiles posteriores a la recepción de tu solicitud, brindándote acceso rápido a los fondos de tu pensión.

Un futuro con mejor retiro: el impacto de la unificación de cuentas

La unificación de cuentas es una medida que beneficia directamente a un gran segmento de la población trabajadora mexicana. Esta flexibilidad no solo simplifica un trámite que antes era complejo, sino que también garantiza que los esfuerzos y años de trabajo de los mexicanos se vean plenamente reflejados en una mejor pensión.

Además, es una herramienta valiosa que te permite consolidar tu historial de cotizaciones y mejorar tu futuro financiero en la etapa de retiro. No dejes pasar esta oportunidad y acércate a los institutos correspondientes para iniciar tu trámite.

Preguntas frecuentes sobre la portabilidad IMSS-ISSSTE y la unificación de tus cotizaciones

¿La transferencia de derechos tiene algún costo?

No, el trámite de portabilidad IMSS-ISSSTE es un servicio sin costo para todos los trabajadores. Ten cuidado con gestores o intermediarios que quieran cobrarte por realizarlo.

¿Qué pasa si no sé a qué ley del Seguro Social pertenezco (LSS 73 o LSS 97)?

Es una duda muy común. De forma sencilla: si comenzaste a cotizar en el IMSS antes del 1 de julio de 1997, perteneces a la Ley del 73 y tienes la opción de elegir entre esa ley o la del 97. Si empezaste a cotizar a partir de esa fecha, te corresponde la Ley del 97. Puedes verificarlo directamente en el IMSS.

Recomendación del autor

Monica Mendoza

Mónica Mendoza

Estudió Periodismo y Comunicación Colectiva por la UNAM, tiene un posgrado en Mercadotecnia y Publicidad, y actualmente cursa un posgrado en Psicoanálisis. Ha desempeñado posiciones directivas en la Comisión Nacional del Sistema Ahorro para el Retiro, en la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, en ambas instituciones liderando las áreas de Comunicación y Educación Financiera, entre otros temas. También encabezó el área de Promoción y Difusión de Petróleos Mexicanos y la Secretaría de Gobernación. En el sector privado fue titular del área de Comunicación Corporativa de Nextel de México. Mónica es también una ferviente amante de los gatos y el ciclismo.

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