Quizá te inquieta saber si las reformas aprobadas por los legisladores de México afectarán la Cuenta Individual de Afore que tienes desde hace años. En caso que sea tu situación, te sugerimos leer la siguiente nota.
Las Afores no desaparecen, sino que a la par de las 10 Afores que existen en el mercado, se crea el Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuyo propósito es que aquellos que alcancen los 65 años de edad, cumplan con las semanas de cotización requeridas y tengan un salario igual o menor a $16,777.00 pesos (Dieciséis mil setecientos setenta y siete pesos) reciban una pensión igual a su último salario.
El Fondo de Pensiones para el Bienestar se financiará con varios ingresos, uno de los cuales proviene de las cuentas inactivas de las Afores. Estas cuentas pertenecen a trabajadores que, teniendo más de 70 años de edad y habiendo cotizado al IMSS, no han tenido movimientos en sus cuentas; o que teniendo más de 75 años y siendo trabajadores que cotizaron al ISSSTE, están inactivas. En ambos casos, las Afores deben transferir este dinero al Fondo de Pensiones, para que sea administrado por el mismo.
El artículo 67 del Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro señala que una cuenta inactiva es aquella que no haya tenido movimientos por depósitos de cuotas y aportaciones durante el periodo de un año o 12 meses, contado a partir del último depósito realizado.
Si tienes 70 años o más (IMSS) o 75 años o más (ISSSTE) y no has realizado trámites en tu AFORE en más de un año, puedes mantener tu cuenta activa y seguir disfrutando de sus beneficios. Infórmate sobre las modalidades disponibles en el IMSS o ISSSTE, como la modalidad 10 (IMSS) para trabajadores independientes o la modalidad 40 (IMSS) que pueden ayudarte, sin embargo, antes de contratar una en específico te recomendamos informarte acerca de sus características y requisitos. Para más información te recomendamos:
No lo pienses más y acude de inmediato a tu sucursal de la Afore, o llama para saber si tu Cuenta Individual aún está activa en tu Afore y si la puedes conservar haciendo Ahorro Voluntario. ¡No lo dejes para mañana!
En caso de que tus recursos ya hayan sido transferidos al Fondo de Pensiones para el Bienestar, tienes el derecho de reclamarlos directamente en la ventanilla única de los institutos de seguridad social (IMSS e ISSSTE) o INFONAVIT, quienes están obligados por ley a devolverlos.
Recuerda: siempre tendrás el derecho a retirar los recursos de tu cuenta cuando tú lo decidas.