
Cuando un trabajador fallece, sus beneficiarios tienen el derecho de exigir el dinero que les corresponde, ya sea por ley o por designación.
Primero, es fundamental tener claro quiénes pueden ser beneficiarios IMSS por fallecimiento:
Existen distintos tipos de pensiones que dependen de la relación con el familiar fallecido:
Si lamentablemente eres beneficiario de un trabajador fallecido, es fundamental que conozcas los recursos a los que podrías tener derecho de su Cuenta Individual de la AFORE. Conforme a la Ley del Seguro Social (LSS) y la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (LSAR), los beneficiarios pueden solicitar la devolución de las aportaciones realizadas al antiguo Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) entre 1992 y 1997.
Un punto clave es la Subcuenta de Vivienda: si el trabajador fallecido nunca adquirió un Crédito de Vivienda, sus beneficiarios podrán tramitar la devolución de estas aportaciones desde 1997 hasta la última fecha en que el titular estuvo activo laboralmente. Para asegurar un proceso sin contratiempos, te recomendamos acercarte directamente a la AFORE del trabajador para recibir asesoría personalizada y conocer los requisitos específicos, siempre respaldados por la legislación vigente y las disposiciones de la CONSAR.
Si el trabajador fallecido era asegurado del IMSS, al ser beneficiario tienes derecho a solicitar la ayuda para gastos funerarios. Esta prestación consiste en dos veces el valor mensual de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) que corresponda a la fecha de fallecimiento.
Es importante que conozcas tus derechos. Recuerda que todos los trámites son gratuitos y que en cada caso existen distintos requisitos que debes cumplir. ¡Acércate a la Afore de tu familiar para que te orienten!