
¿Has oído hablar del Seguro de Sobrevivencia? Aquí te explicamos en qué consiste.
Según la Ley del Seguro Social, ¿qué es el Seguro de Sobrevivencia?
Es una protección adicional que puedes contratar con cargo a los recursos de tu Cuenta Individual Afore a favor de tus beneficiarios, con el fin de en caso de que fallezcas otorgarles una pensión, ayudas asistenciales y otras prestaciones en dinero, según lo estipula la Ley del Seguro Social.
Este seguro lo determina el Seguro Social de manera automática si estás en el régimen de la Ley 97 y aplicará a manera de pensión que se asignará a tus beneficiarios y hasta la extinción legal de las pensiones.
Brinda un apoyo significativo, al garantizar que tus beneficiarios reciban un monto mensual correspondiente a un porcentaje de lo que a ti te hubiera correspondido de pensión.
¿Cómo se aplica el Seguro de Sobrevivencia?
Los factores por considerar para determinar la aplicación de este seguro son:
- Tipo de pensión. Se deben considerar las características de cada una de las pensiones (riesgos de trabajo, invalidez, cesantía en edad avanzada o vejez).
- Régimen de ley. Es importante que conozcas el régimen bajo el cual estás afiliado, ya que las condiciones son diferentes para quienes se encuentran bajo la ley del 73 y la del 97.
- Edad. Según tu edad, será el porcentaje que se dará a tus beneficiarios de manera mensual.
Características por tipo de pensión
Aspectos del Seguro de Sobrevivencia que también hay que considerar son:
Pensión por cesantía en edad avanzada
Aplica para las personas mayores de 60 años y menores de 65 que están en el IMSS. Para tramitarla, debes cumplir con el periodo mínimo de cotización: 500 semanas para la Ley 73 y 850 semanas en 2025 para la Ley 97.
Pensión por vejez
Se tramita a partir de los 65 años de edad y aplican 500 semanas para la Ley 73 y 1250 semanas para la Ley 97.
Montos de la Pensión por vejez
En las dos modalidades, el monto de la pensión es asignado por el IMSS de acuerdo con la edad de la persona al momento de jubilarse:
| Edad del asegurado | Porcentaje por recibir |
| 60 años | 75% |
| 61 años | 80% |
| 62 años | 85% |
| 63 años | 90% |
| 64 años | 95% |
| 64 años, 6 meses, 1 día | 100% |
Pensión por invalidez o Pensión por riesgo de trabajo
La persona interesada debe mostrar el dictamen médico que califique su enfermedad o accidente de trabajo como de incapacidad permanente total o parcial para seguir trabajando, según sea el caso.
¿Quiénes son sujetos al Seguro de Sobrevivencia?
Los beneficiarios de pensión IMSS dependerán de la relación que hayan tenido con el asegurado. Revisemos los distintos casos:
- Pensión por viudez. La viuda o el viudo; a falta de estos, la concubina o concubino, o con la que tuvo hijos, siempre que ambos hubieran permanecido libres de matrimonio durante el concubinato.
- Pensión por orfandad. Los hijos menores de 16 años y hasta la edad de 25 años cuando realicen estudios en planteles del Sistema Educativo Nacional o tengan alguna discapacidad por deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales.
- Pensión por ascendencia. En ausencia de los anteriores, los padres del asegurado que dependieran económicamente de este.

Conocimiento y previsión: Pilares para entender el Seguro de Sobrevivencia
El seguro por sobrevivencia es la clave para que tus ahorros sean destinados a tu familia y tengas tranquilidad en tu vejez. ¡Infórmate!
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