
Si te parece complicado entender cada Régimen de Pensiones, qué son las Cuentas Individuales y el Décimo Transitorio, aquí te explicaremos paso a paso sus alcances, para que revises tu situación y decidas que te conviene hacer.
La Cuenta Individual ISSSTE es un régimen de ahorro para el retiro al que pertenecen los servidores públicos que iniciaron sus cotizaciones a partir de abril de 2007 o que optaron por ella. En esta cuenta Afore se acumulan las aportaciones obligatorias y voluntarias, generando un fondo para tu jubilación. Si eres servidor público, esta cuenta es fundamental para mejorar tu futuro financiero.
Si eres trabajador del Estado y empezaste a cotizar antes del 2007, es probable que estés bajo el Régimen Décimo Transitorio del ISSSTE. Este es un régimen pensionario especial para trabajadores que se encontraban activos antes de la reforma de 2007 y optaron por permanecer en este esquema. La pensión se calcula en función del último sueldo básico, garantizando una prestación acorde a los años de servicio.
Conoce en qué se diferencia el Régimen Décimo Transitorio del Régimen Ordinario:
Si estás en el Régimen Ordinario, necesitas tener al menos 25 años de cotización y 60 años de edad para obtener una pensión. En cambio, las pensiones en el Décimo Transitorio se dan siempre y cuando cumplas con 14 años, 6 meses y un día de cotización, y generalmente si ya cumpliste 60 años de edad.
Se llaman pensiones directas. Si la solicitas bajo el Régimen Ordinario, podrás pensionarte por cesantía en edad avanzada, vejez, riesgos de trabajo o invalidez. Pero si estás en el Décimo Transitorio, tendrás derecho a una jubilación, al retiro por edad y tiempo de servicios, a la cesantía en edad avanzada, al riesgo de trabajo o a la pensión por invalidez.
Si eres beneficiario de un servidor público fallecido, tienes derecho a una pensión. El tipo de pensión y los requisitos dependerán del régimen al que pertenecía el trabajador. Si estaba en el Régimen Ordinario, necesitarás un seguro de sobrevivencia para acceder a la pensión por viudez u orfandad. En el Régimen Décimo Transitorio, las opciones incluyen pensiones para viudas, huérfanos y, en algunos casos, para los padres del fallecido.
En el Régimen Ordinario, la pensión se paga con los ahorros que generas. Si no ahorraste lo suficiente, aunque cumplas los requisitos de edad y años de cotización, no tendrás derecho a una pensión, pero te devuelven todo el dinero ahorrado. Por otro lado, en el Décimo Transitorio, ya que solo debes cumplir con los años de cotización y la edad mínima para tener garantizada una pensión de por vida; aunque el monto no puede exceder al valor de la UMA (Unidad de Medida y Actualización) multiplicado por 10 y luego por los 30 días del mes.
Si te pensionas por el Régimen Ordinario, tu pensión se calcula conforme al monto que tengas ahorrado en tu cuenta; pero si lo haces bajo el Décimo Transitorio, tu pensión se calculará con el sueldo del último año que trabajaste.
Si cotizas al ISSSTE, revisa bajo qué régimen te vas a pensionar y toma en cuenta esta información para que le saques provecho a tu retiro.